Diez de los once ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucional la Ley de Seguridad Interior, avalando, desde el máximo tribunal, lo que muchos habíamos señalado desde hace dos años.
Las razones que tuvieron para pronunciarse por la invalidez de la totalidad de la norma fueron diversas, todas importantes e ilustrativas.
La ministra Norma Piña, por ejemplo, expuso el proceso desaseado de aprobación que tuvo la Ley en la Cámara de Diputados: un dictamen que se dio a conocer pocas horas antes de su aprobación; mociones suspensivas por parte de los legisladores de oposición que fueron ignoradas. Ahí estuvimos varios de los integrantes del colectivo #SeguridadSinGuerra cuando la comisión dictaminadora pretendió aprobar el dictamen en fast-track, dentro de un salón pequeño y obscuro, a espaldas del público, como si se estuviera consumando un delito.
Otros ministros sostuvieron que el Congreso no tiene facultades para legislar en materia de seguridad interior. Otros más, como el ministro Arturo Zaldívar, señalaron que la Ley constituía un fraude a la Constitución, una forma de burlar la disposición constitucional que señala que las tareas de seguridad pública debe estar en manos de autoridades civiles, no militares.
Una ley que pone en riesgo los derechos fundamentales, incompatible con un régimen democrático de derecho; una ley que normaliza el uso de las fuerzas armadas en lugar de tratarlas como una herramienta excepcional. El ministro José Ramón Cossío señaló que la Constitución solo prevé dos supuestos para que los militares estén en las calles: una declaratoria de guerra o una suspensión de garantías.
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